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domingo, 24 de enero de 2016

CLARA FALCONE, LA PRESIDENTA DE LA CORTE JUJEÑA, ES MILITANTE DE MORALES

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Muchos argentinos temían con fundamentos sólidos que el macrismo era un Menemismo 2.1, o sea un menemismo recargado, por el agravante de que la comadreja de los llanos, embaucó a todo el mundo con mentiras para que lo voten, en cambio mm se movió siempre de manera vacilante y maquillando su intención, pero ante la menor repregunta, decía y dice la cruda verdad.
La revolución de la alegría en realidad consiste en asociarse con la justicia y los poderes fácticos para hacer negocios a espaldas del pueblo.
El caso del Gobernador Morales, recorre idénticos senderos, pregonando su misión de combatir a la pobreza, pero con resultados muy limitados. A saber, sacó a uno solo de la pobreza. Se sacó a si mismo. Consiguiendo amasar fortunas inexplicables, las cuales no puede explicar, ni argumentar de alguna manera que no mueva a la risa.
Y las mismas regla de conductas IN-Morales son aplicadas en áreas como la Justicia.
Dejando como nenes de pecho a la Inolvidable Corte de Nazareno. La misma que conoció su fin, merced a una “especie de sobreseimiento inédito” en favor del actual presidente de la Nación, mm, Juzgado y hallado culpable por Contrabando Agravado y otras menudencias.

miércoles, 13 de enero de 2016

Corte Suprema ratificó procesamiento a Sturzenegger por estafa del Megacanje I y ahora viene por el Megacanje II


a Corte Suprema de Justicia ratificó el procesamiento del presidente del Banco Central puesto por el presidente Mauricio Macri, Federico Adolfo Sturzenegger en la causa por delitos económicos en el denominado Megacanje.
La imputación es la de “partícipe necesario del delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública”. La misma que había resuelto el juez federal de primera instancia Sebastián Ramos a fines de diciembre de 2013 y que fue revocada por la Sala Segunda de la Cámara Federal en junio de 2014.
La decisión del juez Ramos incluía un “embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de cinco millones de pesos”.
En tanto los camaristas Horacio Cattani, Eduardo Farah y Martín Irurzun de la cámara federal dispusieron en la revocatoria del fallo inicial, el sobreseimiento de Sturzenegger, así como de Carlos Federico Molina, Guillermo Eduardo Mondino, Jacobo Julio Dreizzen, Norberto Mauricio López Isnardi, Horacio Tomás Liendo, Ernesto Alberto Marcer y Jorge Amadeo Baldrich.
Ese fallo fue apelado por el fiscal general Germán Moldes, uno de los impulsores de la insólita Marcha de los Paraguas, en la que miles de personas impulsadas por funcionarios judiciales (muchos de ellos encargados de impartir justicia) reclamaron justicia ante la muerte del ex titular de la UFI AMIA, Alberto Nisman.
Moldes escribió en su apelación que “en la causa hay un frondoso caudal probatorio, que demuestra con solvencia que tras una decisión de política económica del Estado, hubo una maniobra de funcionarios públicos que en nombre del Estado, favorecieron a sus amistades”. Además advirtió que de confirmarse los sobreseimientos “quedarían desvinculados varios funcionarios públicos responsables de esa maniobra delictiva”.
El 29 de abril pasado, la Sala Tercera de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Liliana Catucci, Eduardo Riggi y Ana María Figueroa, anuló los sobreseimientos. Catucci sostuvo que las resoluciones judiciales “deben estar fundadas y esa garantía constitucional no fue observada en el frágil pronunciamiento atacado de desincriminación que adolece pues de una correcta evaluación”. El sobreseimiento, entonces, fue “prematuro, y sin los fundamentos necesarios para llegar a ese tipo de conclusión”, decía el documento.
Algunos de los imputados –Liendo y Molina- llevaron el caso hasta la Corte Suprema. Y el máximo tribunal, en una resolución firmada el 15 de diciembre por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, desestimó la apelación. “El recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal. Por ello, se desestima la queja.”
El fallo deja firme la decisión de la Cámara de Casación, que anuló los sobreseimientos y dispuso “remitir las actuaciones a su origen, previo paso por la Sala Segunda de la Cámara Federal, para que tome nota de lo decidido, a fin de que se continúe, sin demoras, con la sustanciación del proceso”.
Así, hoy está vigente el fallo del juez de primera instancia, aquel que dispuso los procesamientos y los millonarios embargos.

EN QUE CONSISTIÓ EL MEGACANJE
El Megacanje de bonos de la deuda pública de 2001 fue una operación financiera que el entonces flamante ministro de Economía Domingo Cavallo llevó al presidente Fernando de la Rúa. La operación, planeada por el amigo del ministro David Mulford, ex secretario del Tesoro norteamericano y vicepresidente del Credit Suisse First Boston, implicó para la Argentina un aumento de la deuda externa y para los siete bancos que participaron una ganancia de 150 millones de dólares en comisiones (20 de ellos, para Mulford).
En el juicio no se hurgó sobre la medida político-económica definida por el gobierno de la Alianza (un canje de 37 tipos de bonos cuyos vencimientos, por el momento del país, eran imposibles de cumplir por parte del Estado), sino por el supuesto beneficio –las comisiones– que en aquella colocación obtuvieron los bancos que intervinieron.
La investigación busca conocer la responsabilidad que tuvieron ex funcionarios, entre ellos Sturzenegger (ex secretario de Política Económica), en esa operación que le costó millones al Estado y le rindió también millonarias ganancias a los bancos. Sturzenegger está procesado como presunto “partícipe necesario del delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública”.

jueves, 31 de diciembre de 2015

Denuncian penalmente al presidente Mauricio Macri el delito de "abuso de autoridad" por la designación por decreto simple de los juristas Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti "en comisión" en la Corte Suprema por el delito de "abuso de autoridad" por la designación por decreto simple de los juristas Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti "en comisión" en la Corte Suprema.


Denuncian penalmente al presidente Mauricio Macri, y a los funcionarios Peña y Garavano

Los denunciantes, Pablo Llonto y Eduardo Tavani, con el patrocinio letrado de la exjueza del Tribunal Oral Federal de San Martín Lucila Larrandart, formularon la denuncia por el delito de "abuso de autoridad" al establecer mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia, a dos juristas como ministros de la Corte Suprema.

La denuncia destaca que se estaría cometiendo el delito de "usurpación de autoridad", si ambos los letrados asumieran los cargos por decreto.

La presentación que recayó ante el juzgado federal a cargo del magistrado Daniel Rafecas, con intervención del fiscal Gerardo Pollicita. El artículo 248 del Código Penal establece penas de un mes a dos años e inhabilitación por doble tiempo para "el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes"; el 246 fija prisión de un mes a un año e inhabilitación para quien "asumiere o ejerciere funciones públicas, sin título o nombramiento expedido por autoridad competente".

Según la denuncia, se trata de "un procedimiento ilegal y manifiestamente violatorio de la Ley Suprema", ya que este tipo de nombramientos está regulado en el inciso cuarto del artículo 99 de la Constitución, que establece que el presidente de la Nación "nombra los magistrados de la Corte Suprema con acuerdo del Senado por dos tercios de sus miembros presentes, en sesión pública, convocada al efecto".

Rosenkrantz y Rosatti fueron designados por el inciso 19 de ese artículo de la Constitución, que asigna al jefe del Estado la facultad de "llenar las vacantes de los empleos que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura".

La decisión de designar por decreto no a uno, sino a dos jueces en comisión "significaría una palmaria injerencia en el desempeño independiente de los jueces de la Corte así designados, y consecuentemente el desempeño de las funciones como magistrados podría llevarse adelante con temor o dependencia".

"El sistema institucional prevé dos modos de hacerlo dentro del marco de la legalidad: llamado a sesiones extraordinarias y cubrir el cargo con la designación de conjueces", puntualiza la denuncia de Llonto y Tavani.

El gobierno desdeñó las dos alternativas, según explicaron los expertos: "En un Estado de Derecho, el hecho de no contar con mayorías necesarias en alguna de las Cámaras Legislativas no habilita a la arbitrariedad manifiesta de la designación, a la utilización de un decreto para dichos nombramientos, y menos aún del dictado de una resolución contraria a la Constitución Nacional."

martes, 15 de diciembre de 2015

Macri está uniendo a los argentinos

Macri está uniendo a los argentinos
Hoy la república es levantó mas fuerte que nunca y la unión de opiniones de periodistas, opositores, ex oficialistas, se está logrando. Paso a Paso, Decreto a Decreto.

miércoles, 25 de noviembre de 2015

Fallo de la Corte Suprema: “Genera un déficit estructural en el sistema de seguridad social”

El titular de la Anses expresó “preocupación” por el fallo de la Corte Suprema que suspende el aporte de 15 por ciento de la coparticipación para el organismo y exige devolver el dinero a las provincias de Santa Fe, San Luis y Córdoba, y advirtió que eso “genera un déficit estructural” que tendrá que resolver el próximo gobierno.
“Si Anses no cuenta con el 15 por ciento de los recursos coparticipables, que fueron entregados a la Anses en el año 92, deja de percibir 1 de cada 6 pesos y naturalmente eso tiene un efecto que genera un déficit estructural en el sistema de seguridad social, nosotros se lo hemos advertido a la Corte”, dijo Bossio en declaraciones a Roberto Caballero.

“Me preocupa que cuando la Corte falla y no tiene en cuenta las cuestiones económicas, de sustentabilidad, realmente es preocupante para los millones de argentinos que todos los meses cobran la jubilación, la Asignación Universal por Hijo”, agregó.
Señaló que en este momento está “absolutamente garantizado el pago de diciembre y aguinaldo del haber jubilatorio de millones de argentinos y uno podría tener una actitud egoísta, pero por encima de toda cuestión están los argentinos y los millones de jubilados y familias que cobran la Asignación Universal por Hijo y todos los meses dependen de ese ingreso”.
“Yo no quiero presagiar catástrofes, seguramente se va a resolver, pero es un fallo que no tuvo en cuenta la sustentabilidad del sistema”, remarcó Bossio.
De acuerdo con el fallo, la Anses en los próximos 120 días debería devolver a Santa Fe, San Luis y Córdoba los recursos de 2006 en adelante por considerarse inconstitucional la deducción del 15 por ciento de la masa de impuestos coparticipables que realiza el Estado nacional.